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lunes, 24 de julio de 2017

La Falsedades y Mentiras de Los Separatistas Catalanes


9.4. «No permitir la independencia es antidemocrático»

Mentira!!!

Artículo nº. 2 de la Constitución española:
«La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas».
Esta disposición (contenida en el Título preliminar) es directamente tachada de «fascista» y «dictatorial» por los homenajeadores de los golpistas Companys y Macià. Así como también el artículo 1.2, el cual establece la imposibilidad de que sólo una parte de la ciudadanía decida sobre cuestiones fundamentales que nos afectan a todos:

«La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado».

Pero lo cierto es que son dos preceptos similares a los existentes en numerosas Constituciones del mundo que, en unos u otros términos, proclaman la indivisibilidad de la soberanía y del territorio, la indisolubilidad de la nación; y no reconocen el derecho de secesión territorial:

◦ Constitución de Francia:
Artículo 1: «Francia es una República indivisible, laica, democrática y social».
Artículo 89: «No podrá iniciarse ni proseguirse ningún procedimiento de reforma mientras sufra menoscabo la integridad del territorio».
◦ Ley Fundamental de la República Federal de Alemania:
Artículo 20.2: «Todo poder del Estado emana del pueblo».
Artículo 21.2: «Los partidos que por sus fines o por el comportamiento de sus adherentes tiendan a desvirtuar o eliminar el régimen fundamental de libertad y democracia, o a poner en peligro la existencia de la República Federal de Alemania, son inconstitucionales».
◦ Constitución de Finlandia:
Artículo 4: «El territorio de Finlandia es indivisible. Los límites de la nación no pueden ser alterados sin consentimiento del Parlamento».
◦ Constitución del Reino de los Países Bajos:
Artículo 44: «Al aceptar la regencia, el Regente prestará, en sesión conjunta de los Estados Generales, ante el Presidente, el juramento o la promesa siguiente: “Juro (prometo) […] defender y conservar con todo mi poder la independencia y la integridad territorial del Estado”».
Artículo 53: «Durante tal sesión, el Rey hará sobre la Constitución el juramento o la promesa siguiente: “Juro (prometo) […] defender y preservar con todo mi poder la independencia y la integridad territorial del Estado”».
◦ Constitución de la República Italiana:
Artículo 5: «La República, una e indivisible, reconoce y promoverá las autonomías locales».
Artículo 126: «Se acordarán por decreto razonado del Presidente de la República la disolución del Consejo Regional y la remoción del Presidente de la Junta que hayan realizado actos contrarios a la Constitución o incurrido en violaciones graves de la ley».
 Constitución de la República Portuguesa:
Artículo 3.1: «La soberanía, una e indivisible, reside en el pueblo, que la ejerce con arreglo a las modalidades previstas en la Constitución».
Artículo 5.3: «El Estado no podrá enajenar parte alguna del territorio portugués o de los derechos de soberanía que ejerza sobre aquel, sin perjuicio de las rectificaciones de fronteras».
Artículo 6.1: «El Estado es unitario y respeta en su organización y funcionamiento del régimen autonómico insular y los principios de subsidiariedad, la autonomía de las autoridades locales y la descentralización democrática de la administración pública».
Artículo 51.4: «No pueden constituirse partidos que, por su denominación o por sus objetivos programáticos, tengan índole o ámbito regional».
Artículo 273.2: «La defensa nacional tiene como objetivos garantizar el respeto al orden constitucional, las instituciones democráticas y los convenios internacionales, la independencia nacional, la integridad territorial, y la libertad y la seguridad de las personas contra cualquier agresión o amenaza externa».
◦ Constitución del Reino de Noruega:
Artículo 1: «El Reino de Noruega es un Estado libre, independiente, indivisible e inalienable. La forma de gobierno es una monarquía limitada y hereditaria».
◦ Constitución Federal de la Confederación Suiza:
Artículo 53.2: «Toda modificación del número de cantones o de su estatus se someterá a la aprobación del electorado y de los cantones afectados, así como al voto del pueblo y de los cantones».
◦ Constitución de Grecia:
Artículo 14.3.c: «Queda prohibido el secuestro de periódicos y demás impresos, tanto antes como después de su puesta en circulación. Se autorizará a título excepcional la recogida tras la puesta en circulación y en virtud de auto del ministerio fiscal: […] Por causa de una publicación que […], vaya dirigida contra la integridad territorial del Estado».
Artículo 33.2: «Antes de asumir sus funciones, el Presidente de la República prestará ante la Cámara de Diputados el juramento siguiente: “JURO, en nombre de la Santísima Trinidad Consustancial e Indivisible, observar la Constitución y las leyes, velar por la fiel interpretación de todas ellas, defender la independencia nacional y la integridad del país”».
◦ Constitución de la República de Bulgaria:
Artículo 1.3: «Ninguna parte del pueblo, ningún partido político u otra organización, institución estatal o individuo, usurpará el ejercicio de la soberanía popular».
Artículo 2.1: «La República de Bulgaria es un Estado unitario con autonomía local. No existirá ninguna forma territorial autónoma».
Artículo 2.2: «La integridad territorial de la República de Bulgaria es inviolable».
◦ Constitución de la Federación Rusa:
Artículo 4.3: «La Federación Rusa asegura la integridad y la inviolabilidad de su territorio».
Artículo 5.3: «La organización federal de la Federación Rusa esta basada en su integridad territorial, la unidad del sistema de poder estatal, la división de las competencias y atribuciones entre los órganos de poder estatal de la Federación Rusa y los órganos de poder estatal de los sujetos de la Federación Rusa, de la igualdad de derechos y autodeterminación de los pueblos de la Federación Rusa».
◦ Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:
Artículo 1: «Son derechos irrenunciables de la Nación la independencia, la libertad, la soberanía, la inmunidad, la integridad territorial y la autodeterminación nacional».
Artículo 4: «La República Bolivariana de Venezuela es un Estado federal descentralizado en los términos consagrados en esta Constitución, y se rige por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad».
Artículo 323: «El Consejo de Defensa de la Nación es el máximo órgano de consulta para la planificación y asesoramiento del Poder Público en los asuntos relacionados con la defensa integral de la Nación, su soberanía y la integridad de su espacio geográfico».
◦ Constitución Política del Perú:
Artículo 43: «El Estado es uno e indivisible».
Artículo 46: «La población civil tiene el derecho de insurgencia en defensa del orden constitucional».
◦ Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia:
Preámbulo: «Nosotros, mujeres y hombres, a través de la Asamblea Constituyente y con el poder originario del pueblo, manifestamos nuestro compromiso con la unidad e integridad del país».
Artículo 108.13: «Son deberes de las bolivianas y los bolivianos: […] Defender la unidad, la soberanía y la integridad territorial de Bolivia, y respetar sus símbolos y valores».
Artículo 261: «La integridad territorial, la preservación y el desarrollo de zonas fronterizas constituyen un deber del Estado».
◦ Constitución Política de Colombia:
Artículo 2: «Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, […] mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo».
 Constitución de la República de Cuba:
Artículo 9.1: «El Estado: […] mantiene y defiende la integridad y la soberanía de la patria».
◦ Constitución de la República Dominicana:
Artículo 2: «La soberanía reside exclusivamente en el pueblo».
Artículo 5: «La Constitución se fundamenta en el respeto a la dignidad humana y en la indisoluble unidad de la Nación, patria común de todos los dominicanos y dominicanas».
◦ Constitución Política de Nicaragua:
Artículo 3: «El territorio y la soberanía son indivisibles e inalienables».
Artículo 182.1: «Corresponde al presidente de la República, como suprema autoridad administrativa: Defender la independencia y el honor de la nación y la integridad de su territorio».
◦ Constitución de la República del Ecuador:
Artículo 4: «El territorio del Ecuador es inalienable, irreductible e inviolable. Nadie atentará contra la unidad territorial ni fomentará la secesión».
 Constitución del Paraguay:
Artículo 1: «La República del Paraguay es para siempre libre e independiente. Se constituye en Estado social de derecho, unitario, indivisible, y descentralizado en la forma que establecen esta Constitución y las leyes».
◦ Constitución Política de la República Federativa del Brasil:
Artículo 1: «La República Federal del Brasil, formada por la unión indisoluble de los Estados y Municipios y del Distrito Federal, se constituye en Estado Democrático de Derecho».
◦ Constitución de la República de Honduras:
Artículo 19: «Ninguna autoridad puede celebrar o ratificar tratados u otorgar concesiones que lesionen la integridad territorial, la soberanía e independencia de la República».
◦ Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:
Artículo 2: «La Nación Mexicana es única e indivisible».
◦ Constitución de la República de Estonia:
Artículo 2: «El territorio, las aguas territoriales y el espacio aéreo del Estado Estonio son un todo inseparable e indivisible».
◦ Constitución de la República de Lituania:
Artículo 3: «El pueblo y cada ciudadano tienen derecho a resistirse a cualquiera que altere por la fuerza la independencia, la integridad territorial o el orden constitucional del Estado de Lituania».
Artículo 10: «El territorio del Estado de Lituania será único y no será dividido en ningún tipo de formación estatal».
 Constitución de la República de Angola:
Artículo 3.1: «La soberanía, una e indivisible, pertenece al pueblo».
Artículo 5.6: «El territorio angoleño es indivisible, inviolable e inalienable, siendo enérgicamente combatida cualquier acción de desmembramiento o de separación de sus unidades, no pudiendo ser alienada parte alguna del territorio nacional o de los derechos de soberanía que sobre él ejerce el Estado».
En el preámbulo de la Constitución de los Estados Unidos de América, los representantes de cada Estado reunidos en Filadelfia para ratificarla 
―«NOSOTROS, el Pueblo»―, el 17 de septiembre de 1787, dejaron constancia del propósito de la misma: «formar una Unión más perfecta».

En 1869, la Corte Suprema de Estados Unidos estableció en el Caso Texas contra White que la Constitución no permitía separarse unilateralmente de los Estados Unidos a un Estado de la Unión, la cual había sido «solemnemente declarada “perpetua”»:
«La Constitución, en todas sus disposiciones, vela por una Unión indestructible, compuesta por Estados indestructibles».
Más recientemente, el 14 de enero de 2013, la Casa Blanca rechazó una iniciativa popular firmada por 125.746 personas para que el presidente Barack Obama permitiese «pacíficamente al Estado de Texas abandonar los Estados Unidos de América y crear su propio nuevo gobierno». Se había tramitado a través de un nuevo mecanismo instaurado por su Administración, que obligaba a esta a pronunciarse oficialmente sobre cualquier petición presentada con el apoyo de un determinado número de firmas. La respuesta del Gobierno estadounidense recordaba a los solicitantes el espíritu que había guiado a los padres fundadores de la nación:
«Ellos consagraron en ese documento el derecho a cambiar nuestro Gobierno nacional a través del poder del voto, un derecho por el que generaciones de americanos han luchado para garantizar a todos. Pero no establecieron el derecho a marcharse. Como explicó el presidente Abraham Lincoln en su primer discurso inaugural en 1861, “considerando la ley universal y la Constitución, la unión de estos estados es perpetua”». En los años siguientes, 600.000 americanos murieron en una guerra civil larga y sangrienta que reivindicó el principio de que la Constitución establece una unión permanente entre los estados. […] Aunque los fundadores establecieron una unión perpetua, también dispusieron un Gobierno que es, como el presidente Lincoln más tarde describiría, “del pueblo, por el pueblo y para el pueblo”, todo el pueblo».
Peticiones similares procedentes de otros siete Estados, que habían superado la cantidad mínima estipulada de 25.000 firmantes para ser atendidas (Florida, Luisiana, Georgia, Tennessee, Alabama, Carolina del Norte y Carolina del Sur), recibieron ese mismo año idéntica contestación.

Carnaval en Santiago de la Ribera, Mar Menor, España

Ante la proximidad del Carnaval de Verano en Santiago de la Ribera




Publicado el 21 feb. 2013


Почти месяц веселым фейерверком шли карнавалы по всей Испании. Практически каждый город, каждая деревня и все жители участвовали в подготовке, конкурсах, выборах лучших костюмов, лучших танцоров и, наконец, в шествии. Мы были на заключительном карнавале в небольшом городке Santiago de la Ribera на берегу Mar Menor (www.marmenor.ru) и сняли это видео.

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domingo, 23 de julio de 2017

El Día De La Cucaña Marinera!!!

El pasado año, publiqué este articulo sobre la Cucaña de Santiago de la Ribera, una tradición que había sido eliminada sin contar con los vecinos de la pedanía; a Requerimiento de Santiago Sanchez y otros vecinos al fin se restituyó con un gran éxito de público...
Como el acto ha sido una copia casi perfecta del del año pasado y hasta el campeón a vuelto a ser el mismo, pues yo reproduzco íntegro el acto del Pasado año.
No obstante si encuentro algun video y fotos los adjuntare aquí mismo

El Día De La Cucaña!!!, es una fiesta popular y tradicional en Santiago de la Ribera, la cual había sido suspendida sin motivos aparentes o con la excusa pueblerina de que ea una fiesta de "pueblerinos" después de muchas reivindicaciones capitaneadas por el vecino Santiago Sanchez y secundado por amigos, vecinos y turistas  de toda la vida, la Cucaña se restableció hace unos pocos años, siendo otro de los atractivos de las fiestas patronales, hoy dia 23 de Julio al igual que en años anteriores hemos podido disfrutar de nuestra Cucaña Marinera!!!

El trío de "la Bencina"










Los Cohetes no han faltado
La Playa a reventar a la 12 del Mediodía

Maria José Garceran, nuestra reportera local
Terminando de engrasar el mástil de la Cucaña
Pasando revista al Barco
El Fotógrafo fotografiado
Los que faltaban...



Ya llegan los Músicos
Empieza la carrera hacia la Cucaña y las caídas continuas...











Las mujeres aunque pocas también quieren ganar el Jamón




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Los cohetes no han cesado...
Y las caídas espectaculares no han faltado, lo mejor de la fiesta para mi!!!

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Víctor y Susana, cerca de la Cucaña, para tomar las fotos a corta distancia

   
Y la Música no ha cesado de sonar, Bravo por los músicos!!!



Momento de triunfo!!!    (P) 


Todo llega a su fin!!!




 








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Tenemos Gobierno!!!, Día 262...

Atención!!! Esta página se actualiza varias veces al dia, la ultima, de madrugada... 


http://img.kiosko.net/2017/07/23/es/laverdad_cartagena.750.jpg


Si después le explicáis que tal cosa ocurrió a principios de Mayo, pero no en Polonia sino en España, cuando Podemos presentó una ley que incluía el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información sin ningún tipo de orden judicial, y también en mayo cuando entró en vigor la ley del Partido Popular que prohíbe tales grabaciones y cuya última palabra sobre el castigo no la tiene ya el juez, sino la autoridad administrativa correspondiente y designada por un cargo político, sus reacciones seguramente sean diferentes.
Porque una cosa es ver la degeneración democrática y deriva totalitaria en países ajenos, y otra muy distinta observarla en tu propio país donde, de forma sibilina, por gestos diarios, sin que nadie sea realmente consciente de ello, el tiránico absolutismo ideológico gana cada día más peso institucional.
Detengamos este frenesí estatólatra antes de que los detenidos seamos nosotros.

http://img.kiosko.net/2017/07/23/es/opinion_murcia.750.jpg









http://img.kiosko.net/2017/07/23/es/elmundo.750.jpg








Mientras piensa como lo iba a hacer, se le acerca caminando una señora madurita y le pregunta como llegar a la granja de los González. El granjero le dice que va en esa dirección y si no tuviera que llevar tanta carga con gusto la acompañaría.
La señora le dice: ¿Por qué no pone la lata en el cubo?, lo llevas en una mano, se pone una gallina debajo de cada brazo y el pavo en la otra mano.
El granjero sorprendido y agradecido, empieza a acompañar a la señora. Transcurridos unos minutos le dice, conozco un atajo que nos saca del camino principal, pero que nos ahorrará más de un kilómetro.
La señora mirándolo con desconfianza le responde: Soy una viuda solitaria sin ningún hombre que me defienda. ¿Cómo se que no me va a llevar por el medio del campo, me vas a poner contra un árbol y me vas a violar?

¡Pero señora! Aun cuando quisiera ¿cómo lo hago? Llevo un cubo, un bote de pintura, dos gallinas y un pavo.¿Cómo hago para ponerla contra el árbol y abusar de usted?
La señora le dice: Pues pone el pavo en el suelo, lo tapa con el cubo, coloca el bote de pintura encima para que no escape...
El caballero le responde: ¿Y las gallinas¡¡¡Las gallinas te las aguanto yo joder, que no tienes iniciativa para nada, coño!!!







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The Ghost

 
Publicado el 15 nov. 2013
The whole album in its full, recorded and released 1970.

The lead guitarist is Paul Eastment from Velvett Fogg. Also a brilliant album (released 1969). Recognised his playing style and sound immediately when I first got hold of, and listened to, the Ghost LP many years ago. Still on top this gem.

(1)
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Música: "Hearts And Flowers", de The Ghost (Google Play • iTunes)
   


 Actualizado el 23 may. 2009 

A well-structured acid rock-blues song in Vanilla Fudge or Iron Butterfly style from the "When You're Dead-One Second" album (1969-'70). The same intro and closing tune was added to the end of "I've Got to Get to Know You", 12th and last track of the album as a kind of delicate Leit-Motiv.

Hearts and Flowers Shirley Kent  

Actualizado el 20 ene. 2009

My song Hearts and Flowers from the 1970 GHOST album. Now being used in a film ! Dear Lemom Lima. As I always say, songs have a life of their own. I still care for my song, and it reminds me of so many things about those days. I can see the people, the laughter we shared within the band. The days in Paul's house rehearsing. It is all as fresh in my memory as if it was last week. What a treasure.

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Música:"Hearts And Flowers", de The Ghost (Google Play • iTunes)


Time Is My Enemy

Actualizado el 21 oct. 2009
Time is my enemy is the fourth song from "The Ghost" album "When you are dead for one second". Guess this is my favorite song from that record. Since it is a not so well known short lived band from the 70s era here is some info about them. Copyrights belong to their respective owners - this is just a fan video.

Line up:
Paul Eastment: vocals, guitar
Shirley Kent: vocals, guitar
Terry Guy: keyboards, vocals
Daniel McGuire: bass, vocals
Charlie Grima: drums

Here are the lyrics (I interpreted them so some parts are not
accurate and I couldn't find any reference to cross match)

Time is my enemy
and it's taking you very fast from me
as the seconds fade into deathly days
I'm falling in my lover's summer tree

Pick up your black box
place me inside
you wont think you ve known me at all
until for you I cry

Hands on the soundless box
choking time with all their silent gleam
they have won and I can not run
from all the signs they tell my eyes to see

Pick up your black box
place me inside
you wont think you ve known me at all
until for you I cry ...


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Música: "Hearts And Flowers", de The Ghost (Google Play • iTunes)



 The Ghost - The Storm   

Actualizado el 2 jul. 2010
The Ghost - When You're Dead - One Second (1970)

Shirley Kent (acoustic guitar, tambourine, lead vocals); 
Paul Eastment (lead guitar, lead vocals); 
Daniel MacGuire (bass);Terry Guy (organ, piano); 
Charlie Grima ( drums, percussion).

The Ghost - Me And My Loved Ones   

Publicado el 7 ene. 2013


The Ghost - When You're Dead ..One Second (1970)

The Ghost LP is one of the most fabulous UK psych/prog albums. This Birmingham band featured guitarist Paul Eastment, previously in The Velvett Fogg. The album, originally released back in 1970 on the Gemini label in the UK and in 1971 on Exit/Ekipo records in Spain, is one step ahead psychedelia entering the realm of prog music, yet retaining an atmospheric mind expanding feel through it all.

The Ghost
Daniel MacGuire - Bass Guitar
Charlie Grima - Drums, Percussion
Paul Eastment - Lead Guitar
Terry Guy - Organ, Piano
Shirley Kent - Vocals

Source: rockasteria.blogspot

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    Música: "Me And My Loved Ones", de The Ghost (iTunes)


(2)
Categoría: Música
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Música:    "For One Second", de The Ghost (iTunes)

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