viernes, 10 de julio de 2009

Los Hijos de chilenos, ecuatorianos y bolivianos ya no serán españoles por nacer en España

Los hijos de los chilenos, ecuatorianos y bolivianos tendrán automáticamente la nacionalidad chilena, ecuatoriana y boliviana aunque no sean inscritos en sus Consulados, por lo que no serán españoles por el hecho de nacer en España como sucedía hasta ahora.

Esto es consecuencia directa de un cambio de ley en sus respectivas Constituciones, por lo menos asi es desde Enero del 2009 en el caso de Bolivia, que cambió de Constitución bajo la presidencia de Evo Morales.

Para Bolivia

Para Bolivia se establece que: son bolivianos y bolivianas por nacimiento las personas nacidas en el extranjero de madre boliviana o padre boliviano, según la dirección general de los Registros y del Notariado, dependiente del Ministerio de Justicia.

Anteriormente, la Constitución de Bolivia detallaba que para tener la nacionalidad boliviana era preciso avecindarse en el territorio nacional o inscribirse en los consulados. Así, si el recién nacido no era inscrito en el consulado de Bolivia en España, se producía una situación de apátrida por lo que automáticamente adquiría la nacionalidad española en aplicación de la Convención de los Derechos del Niño.

La Ley de España al respecto

En España, la adquisición de la nacionalidad está basada en los derechos de sangre y no de suelo, es decir, que el simple hecho de nacer en España no implica directamente la adquisición de la nacionalidad. :!: Pero hay una excepción:

Si los países no reconocen la nacionalidad a los hijos de sus emigrantes, en aplicación del artículo 7 de la Convención de los Derechos del Niño. La Convención establece que, desde su nacimiento, el niño tiene derecho a adquirir una nacionalidad y que los Estados partes velarán por la aplicación de tal derecho, sobre todo cuando el niño resultara de otro modo apátrida.

De esta manera en España se estudia cada caso para determinar si las leyes del país de origen de los progenitores atribuyen la nacionalidad a los recién nacidos en el extranjero de manera automática o no.

Para Ecuador y Chile

El reciente cambio constitucional en Bolivia, también fue realizado en Ecuador y Chile, y por consiguiente esto afecta necesariamente al criterio empleado hasta por España, de tal modo que no concurre ya la situación de apátrida que fundamentó la atribución de nacionalidad española iure soli (derecho de suelo) a los hijos de extranjeros nacidos en España.

Me pregunto que otros países hacen lo mismo que España y que otros dan nacionalidad a los que ya salieron de sus tierras.

fuente: aeromental

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