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viernes, 26 de octubre de 2018

El caso de la independencia de Cataluña

Patricio Lons



Publicado el 2 nov. 2017
 
El Profesor Patricio Lons sobre el independentismo catalán

El Profesor Patricio Lons sobre el independentismo catalán

Patricio Lons – Periodista Argentino dedicado a la Investigación Histórica y al Revisionismo del Legado Hispánico en América.

“Teniendo solo diez años, me sorprendí al estudiar las invasiones inglesas a Buenos Aires de 1806 y 1807, la extraordinaria capacidad de los pueblos españoles de vencer con menos recursos a cualquier dificultad que se les presentase”

 





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viernes, 17 de noviembre de 2017

Los 3 errores de cálculo del separatismo, según Wall Street Journal

on VIERNES, 17 DE NOVIEMBRE DE 2017 • 

“Las cosas están cambiando en Cataluña”

El gobierno central cree que la respuesta dura a la ofensiva independentista está funcionando.
Una de las primeras cosas que el visitante a Madrid notará estos días son las banderas españolas que engalanan los balcones de la capital (…) lo mismo ocurre en otras ciudades españolas. Es un símbolo de cómo la crisis provocada por la decisión del gobierno regional de Cataluña de organizar un referéndum ilegal según la Constitución española y declarar después la independencia, ha despertado el dormido nacionalismo español, incluso entre el 54% de catalanes que según una encuesta reciente se oponen a la independencia.
Una bandera que por razones históricas se había visto hasta ahora por algunos españoles como divisiva, ha sido abrazada como un símbolo de unidad nacional y desafío ante lo que muchos consideran una crítica injusta en los medios internacionales a la respuesta que España dio al referéndum.
Subestimar la fuerza del sentimiento que la ofensiva por la independencia provocaría entre los catalanes pro-españoles y en otros lugares de España, fue sólo el primero de una serie de errores de juicio que cometieron los líderes separatistas catalanes, cinco de los cuales incluido el antiguo presidente (…) están ahora exiliados en Bélgica. Otros ocho están en prisión con cargos de sedición , rebelión y malversación de fondos públicos.(…)
La creencia de que Cataluña es como la piedra angular de un arco -quítala y el país se desmoronará- ha asegurado un fuerte respaldo público a los estrictos esfuerzos de Madrid para que se respete la Constitución y el estado de derecho, que han supuesto imponer el gobierno directo en Cataluña y convocar nuevas elecciones regionales (…).
Los líderes separatistas catalanes también fracasaron al no anticipar el daño económico causado por su apuesta por la independencia. Desde el 1 de octubre, cuando por un momento pareció como si el Estado Español hubiera perdido el control, 2.276 empresas que representan el 85% de la capitalización de mercado de la región y el 36,5% de PIB regional, han abandonado Cataluña, trasladando su domicilio social a otros lugares de España (…).
En particular, los dos mayores bancos de la región, CaixaBank y Sabadell, han trasladado sus sedes  en una apuesta para tranquilizar a sus depositantes. Estos movimientos erosionarán la base fiscal de Cataluña, especialmente si los puestos de trabajo y servicios les siguen. Hablando en un mitin en Barcelona el fin de semana, el presidente Rajoy animó a las empresas a quedarse en Cataluña para evitar causar más daño a la región.
En tercer lugar, los líderes catalanes juzgaron mal la reacción internacional a su apuesta por la independencia. Contaban con el apoyo de otros países de la UE que esperaban que actuarían como intermediarios con Madrid. Pero si los separatistas catalanes han obtenido alguna simpatía popular internacional tras los disturbios con la policía el día del referéndum y tras el encarcelamiento de los líderes catalanes, ni un solo gobierno extranjero ha reconocido la declaración de independencia de Cataluña.
Al contrario, especialmente los gobiernos de la UE se han alineado tras Madrid insistiendo en que es un problema interno que debe resolverse con respeto total a la Constitución española y el estado de derecho. En particular, la UE ha señalado que una Cataluña independiente no podría contar con su entrada automática en la UE o con pertenecer a la eurozona: para otros estados miembro, muchos de los cuales enfrentan amenazas separatistas, se trata también un problema existencial.
Madrid es prudentemente optimista en que gracias a esos errores de cálculo, los separatistas están perdiendo impulso y que los partidos independentistas no lograrán la mayoría en el parlamento catalán en las elecciones de diciembre.
Los ministros españoles destacan que la imposición del gobierno directo y el arresto de los líderes catalanes no ha provocado desórdenes generalizados como algunos habían predicho. También creen que el fracaso de tres partidos independentistas al no lograr un acuerdo para ir juntos a las elecciones como hicieron en 2015, refleja las divisiones tácticas entre separatistas.
También creen que la causa separatista fue dañada por la admisión de la presidenta del parlamento catalán Carme Forcadell en los tribunales la semana pasada, de que ella consideraba la declaración de independencia como “simbólica” y en el futuro respetaría al ley española.
Madrid cree que incluso si los 3 partidos independentistas ganan la mayoría de escaños (…) no todos los partidos desearán continuar con la actual confrontación.
La cuestión crucial es qué ocurrirá si los partidos independentistas ganan la mayoría y optan por continuar la confrontación o siguen adelante con un nuevo referéndum. Los ministros españoles son reacios a contemplar ese escenario, pero resaltan que Cataluña permanecerá bajo gobierno directo de Madrid, que el Gobierno tendrá control total del presupuesto e instituciones catalanas hasta que un nuevo gobierno catalán sea elegido, y [el 155] podría ser reimpuesto si en algún momento ese liderazgo rechazara observar la legislación española.
Lo cierto es que Madrid no se echará atrás en su defensa de la Constitución española y la integridad territorial. De hecho, las banderas que ondean en los balcones españoles sugieren que la mayoría de españoles no esperan menos”.
Doncs el diari neoyorkí té raó: la majoria de catalans volem seguir sent espanyols, el xoc econòmic ha estat nefast per Catalunya i els governs estrangers recolzen la unidad de España. Y si el nacionalismo sigue en sus trece, millones de catalanes estaremos encantados de seguir con el 155.
Dolça i wallstreetiana Catalunya…




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lunes, 24 de julio de 2017

La Falsedades y Mentiras de Los Separatistas Catalanes


9.4. «No permitir la independencia es antidemocrático»

Mentira!!!

Artículo nº. 2 de la Constitución española:
«La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas».
Esta disposición (contenida en el Título preliminar) es directamente tachada de «fascista» y «dictatorial» por los homenajeadores de los golpistas Companys y Macià. Así como también el artículo 1.2, el cual establece la imposibilidad de que sólo una parte de la ciudadanía decida sobre cuestiones fundamentales que nos afectan a todos:

«La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado».

Pero lo cierto es que son dos preceptos similares a los existentes en numerosas Constituciones del mundo que, en unos u otros términos, proclaman la indivisibilidad de la soberanía y del territorio, la indisolubilidad de la nación; y no reconocen el derecho de secesión territorial:

◦ Constitución de Francia:
Artículo 1: «Francia es una República indivisible, laica, democrática y social».
Artículo 89: «No podrá iniciarse ni proseguirse ningún procedimiento de reforma mientras sufra menoscabo la integridad del territorio».
◦ Ley Fundamental de la República Federal de Alemania:
Artículo 20.2: «Todo poder del Estado emana del pueblo».
Artículo 21.2: «Los partidos que por sus fines o por el comportamiento de sus adherentes tiendan a desvirtuar o eliminar el régimen fundamental de libertad y democracia, o a poner en peligro la existencia de la República Federal de Alemania, son inconstitucionales».
◦ Constitución de Finlandia:
Artículo 4: «El territorio de Finlandia es indivisible. Los límites de la nación no pueden ser alterados sin consentimiento del Parlamento».
◦ Constitución del Reino de los Países Bajos:
Artículo 44: «Al aceptar la regencia, el Regente prestará, en sesión conjunta de los Estados Generales, ante el Presidente, el juramento o la promesa siguiente: “Juro (prometo) […] defender y conservar con todo mi poder la independencia y la integridad territorial del Estado”».
Artículo 53: «Durante tal sesión, el Rey hará sobre la Constitución el juramento o la promesa siguiente: “Juro (prometo) […] defender y preservar con todo mi poder la independencia y la integridad territorial del Estado”».
◦ Constitución de la República Italiana:
Artículo 5: «La República, una e indivisible, reconoce y promoverá las autonomías locales».
Artículo 126: «Se acordarán por decreto razonado del Presidente de la República la disolución del Consejo Regional y la remoción del Presidente de la Junta que hayan realizado actos contrarios a la Constitución o incurrido en violaciones graves de la ley».
 Constitución de la República Portuguesa:
Artículo 3.1: «La soberanía, una e indivisible, reside en el pueblo, que la ejerce con arreglo a las modalidades previstas en la Constitución».
Artículo 5.3: «El Estado no podrá enajenar parte alguna del territorio portugués o de los derechos de soberanía que ejerza sobre aquel, sin perjuicio de las rectificaciones de fronteras».
Artículo 6.1: «El Estado es unitario y respeta en su organización y funcionamiento del régimen autonómico insular y los principios de subsidiariedad, la autonomía de las autoridades locales y la descentralización democrática de la administración pública».
Artículo 51.4: «No pueden constituirse partidos que, por su denominación o por sus objetivos programáticos, tengan índole o ámbito regional».
Artículo 273.2: «La defensa nacional tiene como objetivos garantizar el respeto al orden constitucional, las instituciones democráticas y los convenios internacionales, la independencia nacional, la integridad territorial, y la libertad y la seguridad de las personas contra cualquier agresión o amenaza externa».
◦ Constitución del Reino de Noruega:
Artículo 1: «El Reino de Noruega es un Estado libre, independiente, indivisible e inalienable. La forma de gobierno es una monarquía limitada y hereditaria».
◦ Constitución Federal de la Confederación Suiza:
Artículo 53.2: «Toda modificación del número de cantones o de su estatus se someterá a la aprobación del electorado y de los cantones afectados, así como al voto del pueblo y de los cantones».
◦ Constitución de Grecia:
Artículo 14.3.c: «Queda prohibido el secuestro de periódicos y demás impresos, tanto antes como después de su puesta en circulación. Se autorizará a título excepcional la recogida tras la puesta en circulación y en virtud de auto del ministerio fiscal: […] Por causa de una publicación que […], vaya dirigida contra la integridad territorial del Estado».
Artículo 33.2: «Antes de asumir sus funciones, el Presidente de la República prestará ante la Cámara de Diputados el juramento siguiente: “JURO, en nombre de la Santísima Trinidad Consustancial e Indivisible, observar la Constitución y las leyes, velar por la fiel interpretación de todas ellas, defender la independencia nacional y la integridad del país”».
◦ Constitución de la República de Bulgaria:
Artículo 1.3: «Ninguna parte del pueblo, ningún partido político u otra organización, institución estatal o individuo, usurpará el ejercicio de la soberanía popular».
Artículo 2.1: «La República de Bulgaria es un Estado unitario con autonomía local. No existirá ninguna forma territorial autónoma».
Artículo 2.2: «La integridad territorial de la República de Bulgaria es inviolable».
◦ Constitución de la Federación Rusa:
Artículo 4.3: «La Federación Rusa asegura la integridad y la inviolabilidad de su territorio».
Artículo 5.3: «La organización federal de la Federación Rusa esta basada en su integridad territorial, la unidad del sistema de poder estatal, la división de las competencias y atribuciones entre los órganos de poder estatal de la Federación Rusa y los órganos de poder estatal de los sujetos de la Federación Rusa, de la igualdad de derechos y autodeterminación de los pueblos de la Federación Rusa».
◦ Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:
Artículo 1: «Son derechos irrenunciables de la Nación la independencia, la libertad, la soberanía, la inmunidad, la integridad territorial y la autodeterminación nacional».
Artículo 4: «La República Bolivariana de Venezuela es un Estado federal descentralizado en los términos consagrados en esta Constitución, y se rige por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad».
Artículo 323: «El Consejo de Defensa de la Nación es el máximo órgano de consulta para la planificación y asesoramiento del Poder Público en los asuntos relacionados con la defensa integral de la Nación, su soberanía y la integridad de su espacio geográfico».
◦ Constitución Política del Perú:
Artículo 43: «El Estado es uno e indivisible».
Artículo 46: «La población civil tiene el derecho de insurgencia en defensa del orden constitucional».
◦ Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia:
Preámbulo: «Nosotros, mujeres y hombres, a través de la Asamblea Constituyente y con el poder originario del pueblo, manifestamos nuestro compromiso con la unidad e integridad del país».
Artículo 108.13: «Son deberes de las bolivianas y los bolivianos: […] Defender la unidad, la soberanía y la integridad territorial de Bolivia, y respetar sus símbolos y valores».
Artículo 261: «La integridad territorial, la preservación y el desarrollo de zonas fronterizas constituyen un deber del Estado».
◦ Constitución Política de Colombia:
Artículo 2: «Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, […] mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo».
 Constitución de la República de Cuba:
Artículo 9.1: «El Estado: […] mantiene y defiende la integridad y la soberanía de la patria».
◦ Constitución de la República Dominicana:
Artículo 2: «La soberanía reside exclusivamente en el pueblo».
Artículo 5: «La Constitución se fundamenta en el respeto a la dignidad humana y en la indisoluble unidad de la Nación, patria común de todos los dominicanos y dominicanas».
◦ Constitución Política de Nicaragua:
Artículo 3: «El territorio y la soberanía son indivisibles e inalienables».
Artículo 182.1: «Corresponde al presidente de la República, como suprema autoridad administrativa: Defender la independencia y el honor de la nación y la integridad de su territorio».
◦ Constitución de la República del Ecuador:
Artículo 4: «El territorio del Ecuador es inalienable, irreductible e inviolable. Nadie atentará contra la unidad territorial ni fomentará la secesión».
 Constitución del Paraguay:
Artículo 1: «La República del Paraguay es para siempre libre e independiente. Se constituye en Estado social de derecho, unitario, indivisible, y descentralizado en la forma que establecen esta Constitución y las leyes».
◦ Constitución Política de la República Federativa del Brasil:
Artículo 1: «La República Federal del Brasil, formada por la unión indisoluble de los Estados y Municipios y del Distrito Federal, se constituye en Estado Democrático de Derecho».
◦ Constitución de la República de Honduras:
Artículo 19: «Ninguna autoridad puede celebrar o ratificar tratados u otorgar concesiones que lesionen la integridad territorial, la soberanía e independencia de la República».
◦ Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:
Artículo 2: «La Nación Mexicana es única e indivisible».
◦ Constitución de la República de Estonia:
Artículo 2: «El territorio, las aguas territoriales y el espacio aéreo del Estado Estonio son un todo inseparable e indivisible».
◦ Constitución de la República de Lituania:
Artículo 3: «El pueblo y cada ciudadano tienen derecho a resistirse a cualquiera que altere por la fuerza la independencia, la integridad territorial o el orden constitucional del Estado de Lituania».
Artículo 10: «El territorio del Estado de Lituania será único y no será dividido en ningún tipo de formación estatal».
 Constitución de la República de Angola:
Artículo 3.1: «La soberanía, una e indivisible, pertenece al pueblo».
Artículo 5.6: «El territorio angoleño es indivisible, inviolable e inalienable, siendo enérgicamente combatida cualquier acción de desmembramiento o de separación de sus unidades, no pudiendo ser alienada parte alguna del territorio nacional o de los derechos de soberanía que sobre él ejerce el Estado».
En el preámbulo de la Constitución de los Estados Unidos de América, los representantes de cada Estado reunidos en Filadelfia para ratificarla 
―«NOSOTROS, el Pueblo»―, el 17 de septiembre de 1787, dejaron constancia del propósito de la misma: «formar una Unión más perfecta».

En 1869, la Corte Suprema de Estados Unidos estableció en el Caso Texas contra White que la Constitución no permitía separarse unilateralmente de los Estados Unidos a un Estado de la Unión, la cual había sido «solemnemente declarada “perpetua”»:
«La Constitución, en todas sus disposiciones, vela por una Unión indestructible, compuesta por Estados indestructibles».
Más recientemente, el 14 de enero de 2013, la Casa Blanca rechazó una iniciativa popular firmada por 125.746 personas para que el presidente Barack Obama permitiese «pacíficamente al Estado de Texas abandonar los Estados Unidos de América y crear su propio nuevo gobierno». Se había tramitado a través de un nuevo mecanismo instaurado por su Administración, que obligaba a esta a pronunciarse oficialmente sobre cualquier petición presentada con el apoyo de un determinado número de firmas. La respuesta del Gobierno estadounidense recordaba a los solicitantes el espíritu que había guiado a los padres fundadores de la nación:
«Ellos consagraron en ese documento el derecho a cambiar nuestro Gobierno nacional a través del poder del voto, un derecho por el que generaciones de americanos han luchado para garantizar a todos. Pero no establecieron el derecho a marcharse. Como explicó el presidente Abraham Lincoln en su primer discurso inaugural en 1861, “considerando la ley universal y la Constitución, la unión de estos estados es perpetua”». En los años siguientes, 600.000 americanos murieron en una guerra civil larga y sangrienta que reivindicó el principio de que la Constitución establece una unión permanente entre los estados. […] Aunque los fundadores establecieron una unión perpetua, también dispusieron un Gobierno que es, como el presidente Lincoln más tarde describiría, “del pueblo, por el pueblo y para el pueblo”, todo el pueblo».
Peticiones similares procedentes de otros siete Estados, que habían superado la cantidad mínima estipulada de 25.000 firmantes para ser atendidas (Florida, Luisiana, Georgia, Tennessee, Alabama, Carolina del Norte y Carolina del Sur), recibieron ese mismo año idéntica contestación.

jueves, 23 de junio de 2016

Qué gozada: Borrell destroza a Junqueras en directo

  JUEVES, 23 DE JUNIO DE 2016 • 

 Hacía tiempo que no se veía nada igual en la TV.

Borrell sereno, señor, firme, tranquilo. Es una apisonadora que pasa por encima 
de un Junqueras nervioso, acorralado, cutre, rendido y desesperado. Al final dan 
ganas de llamar a la ambulancia. Fue hace unos días en 8TV y es ya parte de la 
historia de la derrota del separatismo.

Pase, disfrute y divulgue. Si sus amigos ven esto, adiós al nacionalismo.

Dolça i borrelliana Catalunya…







Publicado el 23 jun. 2016
El vídeo entero puede herir la sensibilidad del espectador. Del pobre Junqueras no quedan ni los restos.




Publicado originalmente en http://www.8tv.cat/8aldia/videos/junq...

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sábado, 4 de junio de 2016

Espectacular: el català tranquil hunde a Marta Rovira y su butifarrèndum.

Los partidos independentistas,pretenden imponer sus teorías por encima de todas las Leyes nacionales a todo el mundo con tal de lograr  "su independencia" independencia de la que "dicen" que necesitan para poder "Construir la gran Catalunya" pero obviando que no son una mayoría ni "Gran" ni "Simple", este señor Joan López Alegre con muy pocas palabras le refuta a esta señora portavoz de ERC,
que todas sus argumentos son teorías y ademas teorías que van contra la ley y contra el derecho de las persona a la protección de sus datos.
Escuchenlos...





Publicado el 6 nov. 2014
La portavoz de ERC incluso reconoce 3 veces que es española. No se pierdan el combate de Joan López Alegre con Marta Rovira. Sabrán por qué el butifarrèndum no va con los catalanes de seny, y se reirán un rato.

www.dolcacatalunya.com

Vídeo publicado originalmente en Els Matins de TV3, 31-10-14

domingo, 15 de mayo de 2016

"Dissidents. El preu de la discrepància a la Catalunya nacionalista"

 Un documental de Fran Jurado

 

Publicado el 27 abr. 2016

Societat Civil Catalana, en su defensa del pluralismo y de la libre expresión política, quiere llamar la atención sobre las dificultades que la opinión no nacionalista ha experimentado históricamente, y sigue experimentando hoy, para tener su espacio en la esfera pública. El documental, muestra las formas fundamentales de contra movilización que se han dado desde el inicio de la hegemonía nacionalista, y que persisten, intensificadas, en 
el contexto actual.

Societat Civil Catalana, en la seva defensa del pluralisme i de la lliure expressió política, vol cridar l'atenció sobre les dificultats que l'opinió no nacionalista ha experimentat històricament, i segueix experimentant avui, per tenir el seu espai en l'esfera pública. El documental, mostra les formes fonamentals de contramobilització que s'han donat des de l'inici de l'hegemonia nacionalista, i que persisteixen, intensificades, en el context actual.




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miércoles, 13 de abril de 2016

¿Tiene 1 minuto? Vea a esta chica escabechar a Puigdemont en el Parlament

Inés Arrimadas, Ciudadanos, Jefa de la Oposición en el Parlamento de Cataluña...




Publicado el 12 mar. 2016

Directa al corazón del nacionalismo. Dicen que la joven diputada es buena; es verdad.



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